Nuestro equipo de trabajo se mantiene actualizado en las nuevas disposiciones fiscales del SAT, para brindar la confianza de que se cumple con todos los requisitos al emitir un CFDI 3.3.
Esta emisión se realizará conforme a lo establecido en el artículo 29-A, fracción VII, del Código Fiscal de la Federación (CFF) y en la Resolución Miscelánea Fiscal (RMF) vigente en su regla 2.7.1.35, para poder reflejar el pago con el que se liquide el importe de la operación.